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El Constitucional francés anula el delito de tener documentos yihadistas

París, 19 jun (EFE).-

El Tribunal Constitucional francés anuló este viernes el delito de tener vídeos yihadistas u otros documentos que hacen apología del terrorismo por considerar que el hecho de haberlos descargado no tiene por qué implicar necesariamente una intención terrorista.

Para el Constitucional, ese delito de receptación de apología de actos de terrorismo atenta contra la libertad de expresión, cuyo ejercicio «es una condición de la democracia y una de las garantías del respeto de otros derechos y libertades».

Aunque sea legítimo que el legislador actúe contra «la incitación y la provocación del terrorismo» en nombre de la defensa del orden público, las limitaciones a esa libertad de expresión «deben ser necesarias, adaptadas y proporcionadas al objetivo perseguido», señaló.

Esta decisión es consecuencia de una Cuestión Prioritaria de Constitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, que con un dictamen de enero pasado estuvo en el origen de ese delito de la receptación de apología de actos de terrorismo, castigado con hasta diez años de cárcel y multas de hasta 750.000 euros.

Para el guardián de la Carta Magna, no hay diferencias entre descargarse o poseer documentos obtenidos de una web que hace apología del terrorismo y consultar esa misma página, una práctica que como delito ya fue anulado en 2017 porque se consideró contrario a la Constitución al vulnerar esa misma libertad de expresión.

Recordó que, al margen de la infracción ahora censurada, las autoridades administrativas y judiciales ya tienen «numerosas prerrogativas» tanto para luchar contra la apología pública de actos terroristas como para vigilar a una persona que consulta o guarda esos mensajes y castigarla siempre que eso se acompañe de una intención terrorista.

Unas prerrogativas que incluyen la posibilidad de intervenir antes de que esos proyectos terroristas lleguen a la fase de ejecución. EFE

ac/mgr/ig

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